Corte Constitucional presiona al Gobierno para regular el aborto en Colombia antes de octubre

Tras mantener las reglas para abortar tal y como estaban en 2006, cuando despenalizó el aborto bajo tres causales, (Cuando el embarazo pone en peligro la salud —física o mental— de la mujer, o su vida, cuando el embarazo es resultado de una violación o de incesto y cuando hay malformaciones del feto que son incompatibles con la vida por fuera del útero), la corte fijo un plazo de seis meses para que el Gobierno regule el tema.

El plazo es de seis meses para que el Gobierno emita una regulación única en la cual se garantice la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados.

Dice el fallo de la Corte: “ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que, en el término de seis (6) meses, contados desde la notificación de esta providencia, emita una regulación única en la cual se garantice la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados en la sentencia C-355 de 2006. Para el efecto, deberá aplicar y desarrollar las reglas extraídas de la jurisprudencia constitucional relacionadas en los numerales 36 al 83 de esta providencia, y los demás aspectos que considere pertinentes para la realización de dicho procedimiento en el sistema de seguridad social en salud, de manera oportuna y segura para la mujer. Dicha regulación deberá ser puesta en conocimiento de todas la EPS e IPS del país, y deberá contener las sanciones correspondientes frente a su incumplimiento”.

El año pasado, la Corte Constitucional dejó en firme lo que este propio alto tribunal había establecido en 2006 cuando despenalizó el aborto en Colombia, luego de que la magistrada ponente propusiera un cambio que fue duramente criticado por organizaciones sociales, defensores de derechos humanos y varios sectores de la ciudadanía. Con una votación de seis votos en contra y tres a favor, la mayoría de la Sala Plena decidió no acoger los argumentos de la magistrada Cristina Pardo quien planteó que el aborto, bajo las tres causales permitidas, debía practicarse solo antes de la semana 24 de gestación.

Para la Corte Constitucional, este límite va en contra de la Constitución política y los derechos de las mujeres. Para llegar a esta decisión, el alto tribunal tuvo en cuenta las intervenciones de más de 10 organizaciones expertas en el tema que le advirtieron a la Corte que imponer cualquier tipo de nuevas reglas para las mujeres, iba en contra de sus derechos.

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